¿Se puede evitar el 25% adicional en el Dólar turista?

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Una des las preguntas que surgió esta semana es si es posible, de alguna manera, evitar el 25% adicional en el Dólar turista. Esta inquietud nos surgió dado que es hay un factor determinante para su implementación -consumos a partir de U$D 300- y las múltiples variables que pueden incidir para su cobro o no.

La Resolución General (AFIP) 5272 reglamentó los cambios que introducen el llamado “Dólar Qatar” para consumos en moneda extranjera con tarjeta.

Como es de público conocimiento, a partir de ahora, se aplicará una percepción adicional del 25% para los consumos con tarjetas de crédito y débito en pasajes y paquetes turísticos en el exterior que superen los U$D 300 al mes por persona -física o jurídica-.

Respondiéndonos a la pregunta inicial, la respuesta es: “es probable que si, pero …”, aunque hay varias consideraciones y recomendaciones para hacer al respecto:

  • Pagar con Dólar billete los consumos. Aunque es una decisión muy personal, es una de las alternativas para evitar el impuesto, que también es válido para el resto de los consumos en U$D aunque no estén alcanzados por esta nueva percepción.
  • El límite de U$D 300 mensuales es contabilizado por persona. Es decir que, por ejemplo, una familia podría dividir los gastos de un viaje hacia el exterior entre cada uno de sus integrantes para no superar los 300 dólares individualmente y así evitar el 25 por ciento extra. 😉
  • Por otra parte los bancos no puede saber cuánto gastó su cliente con la tarjeta de otro banco; por ende, otra opción para evitar la percepción adicional del 25% es gastar con diferentes tarjetas siempre que los consumos no superen los U$D 300. Aunque en este punto, es probable que luego sea AFIP quien haga un cruce de información y pueda, de alguna manera, aplicar el impuesto correspondiente.

Así mismo, quienes no paguen el impuesto a los Bienes Personales y hayan tenido que pagar la nueva percepción, podrán solicitar la correspondiente devolución a partir del 1º de enero del siguiente año (2023) en el que se aplicó el recargo. Si todo está bien, y el sistema funciona como los últimos dos años, es probable que te reintegren la percepción en septiembre/octubre 2023.

Otra duda que apareció por estos días es que pasa cuando superamos los U$D 300 mensuales, ¿se aplican la percepción del 25% sobre todo o sobre el excedente? Si el monto es igual o superior a los U$D 300, se aplica la percepción sobre la totalidad de los consumos en moneda extranjera pagados con pesos.

Por último, tengan en cuenta que quienes vayan a superar el monto y deban abonar el nuevo 25% adicional, esta última parte del año es una buena opción para realizar las compras y no “dejarse estar” ya que toda percepción podrá ser, como decía antes, solicitada a partir del 1 de enero de 2023. Por lo que traten de definir las compras antes del 31 de diciembre.

Saludos,
Matías.

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Comentarios
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  • Hola Matías, cómo estás?
    Muy bueno el informe.
    Una duda que tengo con respecto al período en el que entran las percepciones a reintegrar al año siguiente.
    En la nota ponés que son los consumos hasta el 31/12 y mi duda es si lo que se toma es fecha de consumo, fecha de cierre de la tarjeta o de vencimiento.
    Saludos

    • Hola Ariel, bien, gracias por la inquietud porque no lo había puesto y es importante aclarar. Según entiendo, es con cierre de tarjeta y/o vencimiento en 2022 ya que eso es lo que podrías reclamar para devolución en 2023. Si llega con fecha posterior, tu consumo va a figurar como de 2023 y en consecuencia para a las percepciones a devolver en 2024 recién. Me explico o te maree un poco?
      Saludos.

  • podrías explicar más el punto de los consumos x famila?
    ejemplo: familia tipo.
    hay que dividir los gastos x 4? todos con la misma tarjeta?
    gracias

    • Hola Diego, no, nunca misma tarjeta. Si tenés por ejemplo un gasto de U$D 1000. Hacer el pago, siempre que sea posible, con una tarjeta de cada miembro por U$D 250 cada una.

  • Hola Matías. Buenísimo, muy claro. Me queda una duda. Los 300usd “al mes” son en mes calendario, o en mes de la tarjeta? Son 300usd en Octubre, 300 en noviembre y así…? O depende de las fechas de cierre de cada tarjeta? No me queda claro. Gracias!!

    • Hola Agus, el consumo es mensual. No debería influir el cierre de la tarjeta. Aunque es Argentina, y no se como será el proceso bancaria en ese caso. Supongo que no hay problemas para poder discriminar los montos en base a la fecha de compra. Perdón que es ambigua mi respuesta, pero no hay muchas precisiones al respecto.

  • Matías, muy bueno el artículo! estaba esperando de ustedes que largaran estas recomendaciones. Gracias.

    • Gracias Facu, con el correr de los días veremos como se termina aplicando todo, pero bueno. Siempre buscando de que manera viajar al menor costo posible.

  • Lo que se me ocurre, es que si los consumos son a mes calendario, está bueno organizar para quien pueda días de vacaciones que cubran dos meses, por ende así puedes distribuir los consumos en U$S300 en un mes y otros U$S300 al otro mes.
    Saludos.

  • Buenas tardes. Consulta: ¿qué hay acerca de lo que se mencionó hace unos días referido a que el cálculo de los gastos de la persona iban a hacerse sobre la CUIT, de manera que por más que se usaran plásticos de diferentes bancos, la CUIT al que le hacen la percepción es de la misma persona, por ende, eso sumaría los importes de los consumos?

    • Hola Gustavo. Leí esa información, pero no encontré nada concreto ni oficial que lo establezca. Si llega a confirmarse, lo aviso.
      Saludos.

  • Si tenés gastado antes del 13/10 301 USD (hasta ahí no se paga x ser anterior) pero luego del 13/10 gastas 200 USD. En el cupo de 300 se cuenta lo anterior más allá de no pagar la percepción del 25% sobre ese monto, o es como que el cupo empieza a contar desde el 13/10?
    Gracias

    • Hola Enzo. Según la regulación, la nueva normativa entra en vigencia desde el 13 y no deberían estar alcanzados los consumos previos. De todas maneras: “Argentina” = todo puede suceder.

  • Hola Matías, muy bueno tu informe. Quería consultarte respecto de las percepciones realizadas por la Afip del 45% de adelanto de ganancias, mi hijo tiene una extensión de mi tarjeta de crédito , y realizo un viaje a Europa . Las retenciones y percepciones fueron realizadas en el resumen de cuenta de mi tarjeta como titular. Quien debe solicitar la devolución mi hijo con su cuitlacoche, o yo

  • Hola Matías, continúo con el mensaje anterior, la pregunta era quien debe tramitar la devolución de la percepcion mi hijo, o yo que soy la titular de la tarjeta de crédito, y en qué momento (es decir fecha) se debe tramitar la devolución de dicha percepción ?. Muchas gracias! Saludos.

    • Hola Silvana, vos que sos la titular porque su extensión esta “bajo tu nombre”. En cuanto a la fecha, a partir del 1 de enero de 2023 ya podes presentar la solicitud correspondiente a las percepciones que se te realizaron durante 2022. Saludos

  • Buenos días Matias!
    Una consulta, yo estoy por comprar unos pasajes a Madrid,
    ¿Sabes si el 25% es sobre el total del valor o si es solo sobre la tarifa del pasaje?
    Gracias!

    • Hola Nico, no tengo precisión sobre el % correspondiente, pero aplica solo a la parte por la cual se accede al mercado de divisas. Impuestos, comisiones, tasas nacionales, por ejemplo, no aplica. Saludos.

  • Hola Matías, muy bueno tu informe !!! te hago una consulta si saco un pasaje de avión de 300 dólares o su equivalente en pesos ,no debería pagar el 25 %. Gracias

  • Hola Maty, consulta, que dolar tiene en cuenta para calcular esos 300 dolares. Concreto, quiero comprar 3 pasajes por un valor total de 95000 pesos. lo voy a hacer con dos tarjetas, entiendo que no ME ALCANZA ESTE 25 %, ES CORRECTO? muchas gracias!! Ezequiel

    • Hola Eze, No te alcanza. El calor que toman es medio un quilombo de aplicar, perdón la expresión. Pasa que por un lado no todo el valor del pasaje esta alcanzado por el dólar, hay impuestos y tasas nacionales por las que no están alcanzados los impuestos, pero no sabría especificarte un %. Si los pasajes los vas a comprar acá, despreocupate por “la cuenta” porque ya la hace la agencia o aerolínea. Si la compra la vas a hacer en el exterior, ya te va a llegar al resumen en dólares y según el monto que llegue es el valor que vas a pagar. Saludos.

  • Excelente informe, super claro. Una pregunta, los que no tributamos ganancias y?o bienes personales, podemos solicitar la devolución de periodos anteriores en la actualidad? o hay una fecha especifica del año? gracias

    • Hola Sebas! hay una fecha máxima para hacer la presentación. Entiendo que suele ser hasta fines de marzo, aunque hubo años en los que AFIP extendió el plazo. Saludos.

  • Buenas. Consulta. Si tengo dólares en mi caja de ahorro y compro un vuelo en dólares puedo pagar la tarjeta con mis dólares y no pagar el impuesto . Esto es así ?

    • Exacto Daniel. De todas maneras, confirmá con el banco antes del pago para que te debiten los Dólares y no los pesos convertidos con los impuestos.
      Saludos.

  • Hola Matias!
    Conocen alguna pagina para contrata hoteles y poder abonar con 2 tarjetas? de esta forma me evito el impuesto

  • Hola Matías, buen día. ya estamos casi a un mes de la nueva disposición del 25% y aún sigo sin comprenderla. Estoy pagando un crucero, en pesos en efectivo en la agencia, y aún así tenemos el recargo del 25%. Es correcto? Porqué me recomendaron pagar en pesos y no en dólares? De haber sido así, también corresponde la percepción? Mil gracias por tu respuesta.

    • Hola Sergio. Si es correcto ya que la normativa aplica a todo lo que para que sea pagado/cancelado deba accederse al mercado cambiario por lo que si compraste directo con el crucero o una agencia nacional, ellos tendrán que hacer el correspondiente pago en moneda extranjera. El tema de como pagar o la recomendación es personal. Para evitar los impuestos la opción es pagar en Dólares, pero hay quienes no quieren desprenderse del billete y optan por pagar en pesos. Más aún estando cerca de fin de año ya que se podrá tramitar la devolución a partir del 1 de enero de 2023.
      Espero haberte aclarado un poco más el panorama. Cualquier cosa, volvé a escribirme.
      Saludos.

  • Hola Matías, un par de consultas. Estamos viendo para comprar un vuelo al exterior y visitar a familia. ¿En qué momento te aplican este cobro del 25%? ¿Viene en el pasaje o te lo cobran después en la tarjeta? ¿Es indistinto si el ticket se compra en Aerolíneas Argentinas o en una aerolínea extranjera? Muchas gracias

    • Hola Oscar, como estas? si compras en una agencia local como puede ser Despegar, Almundo, Avantrip, Atrápalo o cualquier otra “tradicional” de manera presencial, el cobro del 25% adicional se efectúa en el momento. Es decir, el precio final que vas a ver o te van a decir ya lo tiene incluido. Lo mismo sucederá con aquellas aerolíneas que tengas facturación acá en el país (aunque esto es un poco más difícil de saber ya que muchas veces muestran el valor en pesos pero facturan en Dólares). Si llegas a comprar en alguna agencia o aerolínea del exterior, a ese valor que veas no solo le van a sumar el 25% extra, le van a sumar también el impuesto PAIS y el 45% inicial de percepción de ganancias. En otras palabras, ves un vuelo por U$D 1000 y hoy aproximadamente y según el banco, vas a estar abonando alrededor de AR$ 333.000.
      Espero haberme explicado y aclarado un poco más el panorama. Cualquier cosa, no dudes en volver a escribirme.
      Saludos,
      Matías.