¿Cuáles son los feriados del 2021 en Argentina?

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Mediante el Decreto 947/2020, publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional estableció los feriados turísticos del próximo año, quedando los días 24 de mayo, 8 de octubre y 22 de noviembre como feriados “puente”.

Feriados puente del 2021

  • Lunes 24 de mayo, antes del día de la Revolución de Mayo
  • Viernes 8 de octubre, por el Día de la Diversidad Cultural (en realidad es el 12)
  • Lunes 22 noviembre, que se corre a ese fecha porque el Día de la Soberanía Nacional cae sábado 20.

El calendario de todos los feriados de 2021

  • Feriados fijos: 1 de enero (Año Nuevo), 15 y 16 de febrero (feriados de Carnaval), 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia), 2 de abril (Día del Veterano y de los caídos en la Guerra de Malvinas y Viernes Santo), 1 de mayo (Día del Trabajador), 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo), 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano), 9 de julio (Día de la Independencia), 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y 25 de diciembre (Navidad).
  • Feriados “puente”: 24 de mayo, 8 de octubre y el 22 de noviembre, que fueron fijados hoy por el decreto presidencial.
  • Feriados trasladables: 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del Gral. Güemes), que se celebrará el 21 de junio, el 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín) al 16 de agosto, el 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) al 11 de octubre y el 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional).

Decreto 947/2020

DCTO-2020-947-APN-PTE – Establécense días feriados con fines turísticos.

Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-79805227-APN-DGDYL#MI, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias) y la Ley N° 27.399, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 27.399 se procedió a establecer el régimen de feriados nacionales y días no laborables.
Que por la norma mencionada en el párrafo anterior se determinó que los feriados nacionales trasladables allí previstos cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes, al día lunes siguiente.
Que la mencionada Ley N° 27.399 facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a fijar anualmente hasta TRES (3) días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes.
Que dicha facultad deviene en una política destinada a impulsar el turismo interno de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que dichos días están relacionados con coadyuvar a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuirlos en el tiempo.
Que resulta conveniente que el PODER EJECUTIVO NACIONAL fije para el año 2021 los días feriados con fines turísticos previstos por el artículo 7° de la citada Ley N° 27.399.
Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorias) estableció que compete al MINISTERIO DEL INTERIOR entender, entre otros, en los actos de carácter patriótico, efemérides y feriados.
Que la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, dependiente del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, ha tomado la intervención que le compete.
Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR ha intervenido en el ámbito de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 7° de la Ley Nº 27.399.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Establécense como días feriados con fines turísticos, previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, las siguientes fechas:
AÑO 2021:
24 de mayo, 8 de octubre y 22 de noviembre.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ – Santiago Andrés Cafiero – Eduardo Enrique de Pedro
e. 27/11/2020 N° 59441/20 v. 27/11/2020
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