¿Cómo es el bono vacacional de $20.000?

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El turismo es uno de los sectores más afectados por la pandemia del coronavirus y en nuestro país, todas las miradas están puestas en reactivar el sector para la temporada de verano. Es en este contexto, que el mes pasado se promulgó la Ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional (Ley 27563) que comprende una serie de beneficios para viajeros y dueños de empresas turísticas. 

Dentro de esos beneficios se encuentra el programa previaje, que busca devolver en forma de crédito el 50% de los gastos turísticos que se realicen antes de fin de año. Ahora bien, hace pocos días se dio a conocer otro beneficio dentro de este marco que se llama “bono vacacional”, el cual se trata de la otorgación de un bono de hasta $20.000 por familia para utilizar en el pago de los servicios contratados a las empresas habilitadas (detalladas en la Ley 27563). 

Según dice el comunicado oficial, este bono “operará con un límite máximo total de PESOS DOS MIL MILLONES ($2.000.000.000) que se asignará conforme al orden de presentación de las correspondientes solicitudes, hasta un monto de PESOS VEINTE MIL ($20.000) por grupo familiar, a partir del mes de enero de 2021.”

Quién y cómo se puede solicitar

Se espera que la solicitud sea a través de una página web (aún no está habilitada) y la persona que lo solicite deberá completar una declaración jurada y proporcionar la siguiente información: 

  1. La composición del grupo familiar
  2. Los ingresos mensuales netos totales del grupo, los que no podrán exceder el equivalente a CUATRO (4) veces el monto del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) o el monto que resulte de multiplicar el valor del SMVM por la cantidad de integrantes del grupo familiar, el que resulte menor.
  3. Toda otra información que requiera el mencionado Ministerio.

En cuanto al grupo familiar, el decreto detalla que “defínese por grupo familiar, a los fines del presente artículo, al integrado por él o la solicitante en forma unipersonal, si no tuviere convivientes; o por este o esta y su cónyuge o conviviente y sus hijos o hijas menores de DIECIOCHO (18) años convivientes, o sin límite de edad en el caso de hijos e hijas con discapacidad a cargo. Cuando él o la solicitante tenga menos de VEINTICINCO (25) años y el domicilio de residencia sea igual al domicilio de sus progenitores, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus progenitores a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el Programa.”

Recordemos que las empresas habilitadas para utilizar el bono son agencias de viaje, transportes, guías de turismo, alquiler de bienes, eventos, gastronomía y productos regionales, entre otros. 

Para quien desee leer el decreto completo, puede hacerlo en la página web del Boletín Oficial.

¿Qué les parecen todas las medidas que se están tomando para reactivar el turismo en Argentina?

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