Ya se puede pedir la devolución de percepciones RG4815 ¿Cómo quedarían tras las modificaciones de las RG5450 y 5463?

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Como todos sabemos, el 2023 fue un año de muchos cambios respecto a las percepciones de Ganancias y Bienes Personales.

Una vez más, la gente de B&S Estudio Contable Integral nos colaboró con información y asesoramiento para realizar el siguiente resumen:

  • Percepciones sufridas entre el 1 de enero de 2023 y el 22 de noviembre de 2023 -45% + 25%-: aplica al período 2023, pudiéndose pedir devolución desde el pasado 1 de enero de 2024
  • Percepciones sufridas entre el 23 de noviembre de 2023 y el 12 de diciembre de 2023 -RG5450 100% + 25%- aplican al período 2024, pudiéndose pedir devolución a partir del 1 de enero de 2025
  • Percepciones sufridas a partir del 13 de diciembre y hasta el 31 -RG5463 30%-: aplica al período 2023 pudiéndose pedir la devolución también a partir del pasado 1 de enero de 2024

Esperemos que se revierta situación para las percepciones que se sufrieron en el período de vigencia de la RG 5450 y se pueda solicitar devolución en Enero 2024.

  • Requisitos para solicitarlo

Quienes busquen iniciar el trámite deberán tener número de CUITclave fiscal ante AFIP de nivel de seguridad 2 o superior, se deberá informar a la AFIP el número de CBU en la que se acreditarán los fondos a través del servicio “Declaración de CBU”, tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

  • ¿Qué hacer con percepciones de años anteriores?

Según el instructivo, el término de la prescripción para solicitar las devoluciones es de 5 años contados desde el 1° de enero del año siguiente al que tenés derecho a hacerlo. Así, es posible solicitar la devolución de las percepciones de 2020, 2021 y 2022 sin problemas.

  • ¿Cómo saber qué percepciones hizo AFIP?

Se puede consultar ese saldo a través del servicio “Mis Retenciones” al que se puede acceder con clave fiscal en el portal de AFIP.

Más información en la web de AFIP.

También está disponible en el SIRADIG la posibilidad de carga de las percepciones de esta manera.

Quienes tengan dudas o consultas al respecto, dado que cada caso es particular e individual, pueden:

1- Dejarlo en los comentarios que desde el estudio contable estarán respondiendo a medida que puedan
2- Contactarse con el estudio contable por mail, Instagram (Bys.estudiointegral) o whatsapp

Espero les sirva y la info y, cualquier cosa, los leemos en los comentarios

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Comentarios
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  • Hola! Qué pasa si pagamos ganancias durante parte del 2023? Y si Mis Retenciones tiene percepciones por menor monto del que corresponde? Gracias.

    • Los meses en que pagaste ganancias se solicitan mediante el formulario de ganancias (googlealo, igual eso generalmente es hasta abril mas o menos) y los meses que no pagaste ganancias se hacen con “devolución de percepciones” que es el que salió en las noticias en estos días

    • Estudio Contable B&S

      Hola , en ese caso hay que solicitarlo a través del Formulario 572 (SIRADIG) , si hay percepciones que no aparecen de deberán cargar de manera manual. Contactate con el estudio que te asesoramos!!

  • Aprovechen este último año de devoluciones, para 2024 ya no va a contar porque conviene comprar MEP o blue (salvo que compres dolar ahorro o uses la tarjeta en el exterior, pero en ese caso el dolar vale $1.330 y no creo que nadie lo use)

    • Estudio Contable B&S

      Hola , primero se debe obtener la cuiT para solicitar la devolución. Contactate con el estudio que te asesoramos!!

  • Me hicieron retenciones RG4815 compra de pasaje en Despegar, tengo la factura del mes de octubre 2023 y no aparece la retención en “Mis Retenciones” AFIP

    • Estudio Contable B&S

      Hola , si bien hay que analizar tu situación en particular , lo mas probable es haya que cargarlo de manera manual. Contactate con el estudio que te asesoramos!!

  • Hola, dejo algunas consultas, esperando su ayuda:
    Trabajo en relación de dependencia y en parte del 2023 me descontaron ganancias
    1. ¿El pedido de devolución de retenciones por las compras en dólares hechas durante esos meses debería hacerlas desde “SIRADIG” u otra herramienta?
    2. Para pedir devolución por los meses que estaba exenta de ganancias es desde “Devolución de percepciones” ¿verdad?
    3. En la herramienta “Mis Retenciones” veo bien todo lo correspondiente de ganancias (impuesto 217, regimen 596) como de bienes personales (impuesto 219, regimen 509). Pero al probar cargar un formulario en “Devolución de percepciones” para el periodo 2023/11 aparece precargado solo lo de bienes personales (regimen 509), no lo de ganancias. ¿Debería agregar a mano una a una cada percepción de ganancias o debería hacerse de otra forma? ¿o solo se puede pedir devolución de un impuesto?
    4. Nunca presenté declaración de bienes personales, entiendo estoy lejos de superar los mínimos que publica AFIP ¿como me recomiendan chequearlo y que impacto podría tener en las solicitudes de devolución si toca?

    • Estudio Contable B&S

      Hola , es un caso muy especifico , tus consultas pueden ser respondidas solo con un análisis profesional ingresando al sistema. Contactate con el estudio para brindarte el asesoramiento correspondiente!

  • En Mis Retenciones me figura una percepción con el cuit de American Airlines, por la compra de unos pasajes, pero esa percepcion no me figura al querer armar el formulario de devolucion de ese periodo. Lo quiero cargar a mano y me pide datos que no coincidirian, x ejemplo en el listado de Mis Retenciones, dice q esa percepcion de AA es del regimen 796 (normalmente todas las otras percepciones son 594) y en el form de carga manual no existe la opcion 796, que hay q poner ahi? o debo pedir la devolucion de eso x otro lado? Gracias!!

    • Estudio Contable B&S

      Hola , es un caso muy especifico , por lo que puede ser respondido por un profesional en la materia luego de ingresar al sistema y analizar la situación. Te recomendamos que te contactes con el estudio para verlo en profundidad. Saludos

  • Compre paquete al exterior por despegar, tengo las facturas del hospedaje como de los pasajes de las aerolineas.
    En mis retenciones aparece el cuit de las aerolineas, pero la factura me la hizo despegar. En este caso debo cargar en siradig:
    d) Percepciones efectuadas por agencias de viajes y turismo (regimen 598)
    e) Percepciones efectuadas por servicios de transporte terrestre, aereo … fuera del país (regimen 600)

    A mi entender debería ser el 600 que es el que coincide con lo que está en “Mis retenciones”. El tema es que el monto total de la factura de despegar no coincide con los porcentajes de las percepciones. Que se carga en el monto total en siradig para estos casos? el total de la factura de despegar o el 100% teniendo en cuenta el 45% de ganancias retenido en octubre para los pasajes?

    Gracias !

  • Hola! Compré un pasaje en Gol Lineas Aéreas en diciembre pero no me figuran las percepciones de la compra. A alguien mas le pasó? Como lo solucionó?