Oficial: Llevan a U$D 500 la franquicia aduanera

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Si bien fue anunciado en el día de ayer, recién hoy entró en vigencia el aumento de las franquicias: siendo ahora de USD 500 y U$D 300 para quienes ingresan al país por vía aérea o marítima y por vía terrestre o fluvial respectivamente. En cuanto la reglamentación respectiva al grupo familiar y menores de 16 años, todo se mantiene de la misma manera que hasta ahora. Es decir, el grupo familiar se suma, aumentado así el total disponible, considerando que los menores de 16 años disponen del %50 de dichos montos. En referencia a que sucede con el excedente, la condición es igual que ahora, se abona el 50% de la diferencia.

Esta resolución llega como un pedido realizado por el MERCOSUR en busca de igualdad para todos los estados que lo conforman.

Para graficarlo, un matrimonio con un hijo de 10 años, dispone de U$D 1.250 o U$D 750 dependiendo de la vía por la que ingresen al país. Si en total ingresan productos por U$D 2.000, deberán abonar el 50% de la diferencia, es decir U$D 375.

Por otra parte, hay que recordar que desde septiembre, está permitido traer una computadora portátil y un celular adquirido en el exterior sin obligación de declararlo ante la Aduana (Resolución General 4315 de la AFIP). Por lo que estos productos no se deben descontar de la franquicia disponible.

Oficial: Llevan a U$D 500 la franquicia aduanera

 

A continuación, la resolución general de AFIP y el anexo del Mercosur

 

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4331

Régimen Aduanero de Equipaje en el MERCOSUR. Decisión N° 03/18 del Consejo del Mercado Común. Su incorporación.

Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2018

VISTO las Decisiones N° 53/08 y N° 03/08 del Consejo del Mercado Común, y

CONSIDERANDO

Que el Consejo del Mercado Común, en su carácter de órgano superior del Mercado Común, consideró conveniente y necesario armonizar el tratamiento aduanero del equipaje de viajeros, a efectos de reafirmar el compromiso de consolidar la Unión Aduanera.

Que mediante la Decisión Nº 53/08 (CMC) se aprobaron las normas sobre “Régimen Aduanero de Equipaje en el MERCOSUR”.

Que mediante el dictado de la Decisión N° 03/18 (CMC) se actualizaron los montos establecidos en los numerales 2 y 3 del Artículo 9° del Anexo de la Decisión Nº 53/08 (CMC).

Que, conforme lo expuesto, corresponde incorporar al ordenamiento jurídico nacional la mencionada Decisión Nº 03/18 (CMC), lo cual implicará la adopción de las medidas tendientes para lograr su efectivo cumplimiento.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Decisión Nº 03 del Consejo del Mercado Común (CMC) del 9 de octubre de 2018, la cual se consigna en el Anexo (IF-2018-00097320-AFIP- SRRDDVCOTA#SDGCTI) que se aprueba y forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Grupo Mercado Común Sección Nacional, a la Secretaría Administrativa de la ALADI (Montevideo R.O.U.) y a la Secretaría del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones de Aduanas de América Latina, España y Portugal (México D.F.) y archívese. Leandro German Cuccioli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/11/2018 N° 85015/18 v. 08/11/2018

Fecha de publicación 08/11/2018

Anexo Mercosur

ANEXO
MERCOSUR/C.M.C./DEC. Nº 03/18
RÉGIMEN ADUANERO DE EQUIPAJE EN EL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº
53/08 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el Consejo del Mercado Común ha reafirmado el compromiso de
consolidar la Unión Aduanera y establecer un Mercado Común.
Que, a tal efecto, son necesarios procedimientos armonizados para el
tratamiento aduanero del equipaje de viajeros, con vistas a la consolidación
de la Unión Aduanera.
Que se hace necesaria la actualización de los montos establecidos en los
numerales 2 y 3 del artículo 9 del Anexo de la Decisión CMC Nº 53/08.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 – Sustituir el artículo 9 numeral 2 del Anexo de la Decisión CMC N°
53/08 por el siguiente:
“2. Además de los bienes mencionados en el numeral 1, el viajero que ingrese
a un Estado Parte por vía aérea o marítima tendrá una exención para otros
objetos, hasta el límite de US$ 500 (quinientos dólares estadounidenses) o su
equivalente en otra moneda.”.
Art. 2 – Sustituir el artículo 9 numeral 3 del Anexo de la Decisión CMC N°
53/08 por el siguiente:

“3. En los casos de frontera terrestre, los Estados Partes podrán fijar una
franquicia no inferior a US$ 300 (trescientos dólares estadounidenses) o su
equivalente en otra moneda.”.
Art. 3 – Esta Decisión deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los
Estados Partes antes del 08/IV/2019.
CMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) – Montevideo, 09/X/18.

 

Publicación realizada el 8 de noviembre a las 9.38 hs

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Comentarios
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  • Hola, alguien sabe si se pueden ingresar sin costo cámaras fotográficas? ya que como se permite un telefono celular y una computadora, la resolucion de afip menciona articulos de consumo personal.
    Gracias!

  • Buenas ! se que no es el mejor lugar para preguntar pero tengo dudas acerca de traererme una guitarra de EEUU y queria saber de alguien que lo haya hecho, viajo con Aerolineas y no especifican nada dentro de los “equipajes especiales” para saber como puedo hacer para traerla. Lei que en algunas compañias te dejan pasarla como equipaje de mano y otras te obligan a facturarla. Cualquier comentario se agradece !

  • Hola, alguien sabe si tendré problemas si me compro una compu nueva pero también llevé la que uso actualmente y que tengo declarada. Es una máquina que tiene un año y la declaré en otro viaje. Ahora traería una más nueva. Ambas serían Mac Books. Gracias

  • Hola, esto se extiende a compras en el exterior por medio de ebay o AliExpress? Alguien sabe algo? Gracias.