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En el mes de septiembre entró en vigencia el impuesto del 35% de Ganancias y Bienes Personales. Si bien no es un impuesto nuevo, la novedad en aquel entonces era que se le iba a cobrar a todas las personas que compren o adquieran nuevos gastos en moneda extranjera con la posibilidad de solicitar la devolución al finalizar el año calendario.
Y acá estamos estrenando este 2021 y una pregunta que nos hacemos es ¿cómo pedimos la devolución del 35% que nos cobraron entre septiembre y diciembre 2020?. El trámite se hace en AFIP y hay que tener en cuenta los siguientes puntos.
El primer paso para poder ingresar a la AFIP es tener CUIT y Clave Fiscal nivel 3. Para conseguirlas pueden hacerlo de manera presencial u online siguiendo este instructivo.
Una vez dentro de AFIP, se pueden consultar los importes retenidos en 2020 en el módulo «Mis Retenciones» que se habilitó el pasado 17/12/20 e informó mediante la resolución general 4885/2020.
Para el momento de llevar a cabo la devolución, el escenario es distinto para quienes ya paguen el impuesto a las Ganancias y Bienes Personales y los que no. Para el primer caso, la devolución del 35% se hará durante la declaración del impuesto, es decir, al momento de informar los porcentajes. Solo en caso que haya excedentes, este importe será reintegrado mediante CBU.
Para quien no pague Ganancias ni Bienes Personales, deberá solicitar la devolución en un micrositio de AFIP que, según vimos, se habilitará durante el mes de enero. Allí la persona podrá cargar comprobantes en caso que no estén el módulo «Mis Retenciones», informar el CBU para reintegrar el dinero y consultar el estado del trámite.
Finalmente, recordemos que al momento de informar las retenciones realizadas y solicitar la devolución, la AFIP revisará todos los datos teniendo la posibilidad de aprobar o rechazar la solicitud. Y en caso que sea rechazada, deberá informar el motivo.
Vero
Hola, yo trabajo en relación de dependencia ye descuentan ganancias. Tengo q hacer algo para recuperar el dinero. Tengo q cargar algo? No me queda claro de la nota. Gracias
Matias
Hola Vero! En ese caso tendrías que hablarlo con tu empleador para ver como lo declaran en la declaración jurada anual que ellos hacen. Saludos!
Hugo
La clave fiscal no se puede solicitar de forma online. Es solo de manera presencial.
Matias
Hola Hugo! Lo pusimos así porque en la página de AFIP dice que sí. Te transcribo lo que dice:
– Trámite electrónico:
Desde la app “Mi AFIP”, disponible para todos los dispositivos móviles con cámara de fotos frontal y acceso a internet. Son requisitos indispensables contar con DNI argentino en formato tarjeta y ser mayor de edad. Para solicitar la clave fiscal, deberás ingresar al menú “Herramientas”, opción “Solicitud y/o recupero de clave fiscal”. Luego, deberás escanear el código de tu DNI y tomar fotografías de tu rostro.
Saludos!
Lucas
Éso que citas usé para recuperar el pass, ya que me obligó a cambiarla y olvidé qué puse…
A todo ésto estuve media hora haciendo caras raras hasta que me tomó…
Igual tener en cuenta el nivel de clave fiscal que se obtiene online y la requerida, me parece raro que se requiera nivel 3, pero todo es posible… Para llegar a tener nivel 3 creo estar casi seguro que sólo se hace presencial…
Matias
Gracias por tus comentarios, Lucas!
Javier
Hugo, si se puede. El procedimiento es como indica Matias. Saludos,
Luis
Hola, ya se detallo como cargar el 35% en Siradig ?
Matias
Hola Luis! No vimos nada por el momento. Saludos!
Lucas
Sigo con la duda de cuál es el impuesto retenido que debería aparecer en el apartado Mis Retenciones. El más potable sería 217 SICORE. Tendría que buscar los resúmenes de la tarjeta para corroborarlo, pero desde el momento que tengo netflix, google music y otras suscripciones en dólares, así como compras online, me parece que el monto detallado es inferior al que estimo… ¿Qué sucede entonces si el retorno es automático y no están todas las retenciones? En caso que sea el saldo a devolver recién con la presentación de ganancias, ¿Vamos entonces a tener que esperar hasta mediados del 2022 para que devuelvan lo percibido a cuenta de ganancias que consumamos en Enero de éste año?
Y por otro lado, sigue sin especificarse cómo se devolverá a aquellos que pagan mensualmente ganancias, pero la presentación anual es saldo 0, al no tener otro ingreso que el de relación de dependencia.
Veré de empezar a mover el guiso por el lado del empleador, para averiguar si ya tiene alguna precisión por parte de quien realiza el cálculo mensual, así como el F549.
Matias
Hola Lucas!
1) Sí, el impuesto es 217 SICORE IMPTO A LAS GANANCIAS
2) Todo lo que AFIP no haya tomado en consideración, vas a poder cargarlo adjuntando los comprobantes que acrediten dicha transacción (según vimos esto se va a poder hacer con un micrositio que van a habilitar)
3) Como la devolución se hace al finalizar el año calendario, sí, todas las compras que hagas a partir de este año se van a reintegrar el que viene.
4) Sí trabajas en relación de dependencia y pagás ganancias, entiendo que tendrías que verlo con tu empleador para que lo informen en la declaración.
Saludos!
Federico
El impuesto a la ganancia del 35% es un robó a los trabajadores, ese impuesto no debería existir o como máximo un 2 % no un 35% te llevan casi la mitad de tu sacrificio. Es un robó..
Monica
Desde finales de septiembre que compro 200 cada mes, o sea ya 4 meses, me fijé en el AFIP y me figura sólo 3 compras, 2 x 200 y 1 x 100!!! Aunque compré 200 cada mes!! No se como hacer!!
Matias
Hola Monica! Tené en cuenta que vas a poder cargar los comprobantes de los importes que la AFIP no te está tomando cuando habiliten el micrositio para hacerlo. Saludos!
carla
hola. yo realice todos los pasos pero a la hora de ver el formulario me tira el importe del impuesto pais del 30% en vez del 35% de la retencion de afip. Eso lo pude hacer con la clave fiscal nivel 3. Igual la compra de diciembre aun no me aparece, pero me es raro q aparece el 30%
Matias
Hola Carla! Según vimos hay dos. El 217 – SICORE IMPTO A LAS GANANCIAS te debería mostrar lo que te retuvieron del 35% (aunque puede que falten y los tengas que cargar a mano). El otro es el 939 – PERCEP IMPUESTO PAIS y es donde te figura los importes correspondientes al 30% del impuesto PAIS.
Bren
Cual es el link correcto de AFIP para lograr encontrar la parte que figura «Mis retenciones»?? No encuentro en ningun lado que me hable de eso para poder ingresar…
Matias
Hola Bren! El módulo «Mis retenciones» debería aparecer en la pantalla «Mis servicios», que es la primera que aparece una vez que inicias sesión. Si no aparece, tenés que agregarlo. Para esto, tenés que ver la versión original (en la misma pantalla hay un link para verla), una vez allí tenés que agregarlo con el buscador que está en la solapa «Mis servicios».
Maria Jose
Hola. Compre a traves de una agencia minorista un pasaje aereo al exterior. Esta a su vez lo compra a un mayorista. Si bien el el billete de avion figura la percepcion del 35%, no figura en «Mis retenciones» y cuando quiero hacer la carga manual, no me lo acepta. Tengo dudas respecto a quien deberia haberme facturado la percepcion. Si esta bien que solo figure en el billete, no entiendo por q no me lo toma y me sale «Se detectaron errores en los datos enviados». Solo tengo duda en cuanto a lo que debe cargarse en «Monto total» del billete
Matias
Hola María José! Entiendo que quien te cobro la percepción es la agencia en donde lo compraste. Otras personas también me contaron que les salió ese error, veremos si alguien en los comentarios lo pudo solucionar. Saludos!